XXV Convenio Colectivo: el Tribunal Supremo fallará el 4 de mayo sobre el recurso de FEFE



La Sala de lo Social del Tribunal Supremo se pronunciará sobre el recurso presentado por la patronal ante la Audiencia Nacional.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) se reunirá el próximo día 4 de mayo de 2021 para pronunciarse sobre el recurso que la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) planteó ante la Sentencia de la Audiencia Nacional el 28 de febrero de 2019, que declaró nulo el XXV Convenio Colectivo Estatal para Oficinas de Farmacia. 


Se trata de una batalla judicial que dura ya varios años, tras la constitución de la Mesa Negociadora (el 4 de julio de 2016) que Comisiones Obreras (CC.OO.) impugnó en enero de 2017 ante la Dirección General de Trabajo. Una semana antes el texto había sido suscrito por la Unión General de Trabajadores (UGT), FEFE y la Federación Nacional de Oficinas de Farmacia (Fenofar).


El XXV Convenio de Oficinas de Farmacia surgió del bloqueo del XXIV por una falta de acuerdo en la interpretación de las subidas salariales acordadas y nació con un contencioso sobre la representación sindical entre UTF (que ahora está en fase de disolución) y Comisiones Obreras (CCOO) de un lado y UGT de otro. CCOO y UGT reclamaban tener la mayoría sindical y CCOO se retiró de la mesa.


La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional lo declaró nulo en marzo de 2019 al estimar una comunicación de oficio emitida por la Dirección General de Trabajo en la que se señala que la representatividad sindical de la Unión General de Trabajadores (UGT) no es suficiente para firmar un convenio colectivo estatal de eficacia general.


"Se ha señalado que UGT no reúne la mayoría representativa suficiente para firmar en solitario un convenio colectivo de eficacia general, según la normativa contenida en el artículo 88.2 del Estatuto de los Trabajadores", explicó entonces a CF José Manuel Rodríguez, abogado de la Federación de Sanidad de CC.OO. Este artículo recoge que "ambas representaciones, tanto la patronal como la sindical, deben tener una representatividad que alcance la mayoría absoluta".


A propósito de dicha sentencia, FEFE recomendó que se mantuviera "el carácter de a cuenta de convenio cualquier subida que se venga aplicando a los conceptos salariales establecidos en las tablas del XXIV Convenio Colectivo (últimas publicadas), a la espera de cualquier solución ya judicial ya extrajudicial", según señaló la patronal en un comunicado.


FEFE recurre la sentencia sobre el convenio aunque insiste en negociar ya uno nuevo

El XXV Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia, declarado nulo por la Audiencia Nacional

CCOO impugna el texto del XXV Convenio de Oficinas de Farmacia

Convenio: las farmacias de Gerona, Lérida y Tarragona prorrogan la ultractividad hasta el 31 de diciembre

La Asociación de Empresarios de Farmacia de Madrid (Adefarma) ha emitido ahora un comunicado donde resume el devenir de la batalla judicial y subraya que ellos siempre entendieron que "la Mesa Negociadora compuesta por UGT, FEFE y Fenofar estuvo correctamente constituida y así lo hemos hecho valer ante la Audiencia Nacional; pero este Tribunal dictó nueva sentencia declarando falta de representatividad de UGT para negociar el XXV Convenio, sentencia que acabó en vía de recurso ante el Tribunal Supremo, momento en el que nos encontramos".


Ultractividad

Entre tanto, al no haberse publicado en el BOE el XXV Convenio Colectivo, a efectos legales, se mantiene el convenio anterior en ultractividad pese a haber perdido su vigencia. Así, las farmacias se rigen por el XXIV Convenio, que preveía una subida anual automática del 2%, siempre que el PIB superara el 1%, y no del 1,5% establecido por el Convenio XXV.  


Este convenio es el más importante de España, porque afecta a casi todo el territorio, aunque las farmacias de Cataluña y de algunas provincias concretas se rijan por otros convenios. De hecho, las farmacias de Gerona, Lérida y Tarragona acaban de prorrogar la ultractividad hasta el 31 de diciembre de su tercer convenio colectivo interprovincial.


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