La accesibilidad a la farmacia tiene fecha: el próximo 4 de diciembre



El Real Decreto 1/2013, del 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, establece que el 4 de diciembre de este año será el plazo máximo para aplicar las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los establecimientos, en los que se incluyen las farmacias.


En cuanto a la ley, Raúl Ruano, arquitecto experto en accesibilidad del estudio Arquitectura y Diseño Accesible, indica a CF que esta norma pretende que en la medida de lo posible y en la justa medida necesaria, se posibilite el acceso al establecimiento y las medidas de ayuda en su interior.


L. Amaro: “Se puede decir que la mayoría de las farmacias están ya adaptadas”

En el caso de las farmacias, según explica Jesús Hernández, director de Accesibilidad universal de la Fundación ONCE, "en las farmacias lo que puede ser más limitante son los problemas referentes al acceso físico para las personas con movilidad reducida y los problemas de acceso a la información en otro tipo de discapacidades".


En la actualidad, según asegura Luis Amaro, secretario del Consejo General de COF, "se puede decir que la mayoría de las farmacías están ya adaptadas, mediante la eliminación de escalones en la entrada, mostradores bajos, puertas anchas e incluso automatizadas, así como la disposición de espacios para la atención personalizada".


Existe una amplia normativa sobre accesibilidad y se recomienda un buen asesoramiento

En este sentido, Ruano recalca los aspectos fundamentales para hacer la botica accesible: "Una entrada fácil y segura, un espacio amplio para transitar desde la entrada al mostrador, una zona de atención adecuada y un trato al paciente con una especial intención de escucha ".

En los últimos años, "hemos detectado cómo las farmacias han hecho notables esfuerzos para mejorar la accesibilidad; no obstante, sí se detecta la falta de mostradores debidamente adaptados y, sobre todo, aún queda mucho por hacer en lo que se refiere a accesibilidad cognitiva", critica Anxo Queiruga, presidente de la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (Cocemfe).


Aunque los expertos están de acuerdo en que la mayoría de las boticas cumplen las medidas básicas, "siempre se puede hacer algo más, y hay que comenzar a centrarse en otros aspectos", según Ruano. "No es tan sólo la movilidad de las personas en silla de ruedas; hay que tener en cuenta otras cuestiones como la iluminación o los contrastes de color para los ciegos, o la disposición del mobiliario o los asientos de espera para los ancianos", ejemplifica el arquitecto.


Normativa

La normativa que se encuentra en relación a esta materia es muy amplia. En primer lugar, está la sección nueve del Código Técnico de edificación del Ministerio de Fomento sobre seguridad de utilización y accesibilidad. Este informe se centra en las condiciones de accesibilidad fundamentales que debe cumplir cualquier edificio nuevo. Además, contempla un documento de apoyo, sobre la adecuación efectiva de las condiciones de accesibilidad en edificios existentes.


"Cada comunidad, incluso cada capital de provincia o ayuntamiento, tiene sus propias indicaciones", afirma Ruano. Por ello, el arquitecto recomienda a los titulares de farmacia que se asesoren, y señala a las asociaciones de personas discapacitadas como buenas consejeras.


Asimismo, informa que, por ejemplo, el COF de Granada asesora a sus socios en esta materia.


También el Consejo General de COF ha trabajado en este sentido. Y, con el apoyo de Fundación ONCE, elaboró el informe Farmacias accesibles para todos, que puede servir de guía para tomar decisiones de reforma en la botica (ver imágenes).


Las medidas básicas

El Consejo General de COF elaboró el documento Farmacias accesibles para todos, en el que señala las medidas más básicas. La opción más aconsejable para el acceso a la botica, siempre a nivel del suelo, es una puerta corredera. Así, los usuarios no precisan la realización de maniobras para su apertura. Además, los felpudos deben estar encastrados en el pavimento a base de material no deslizante y resistente a las deformaciones para evitar los tropiezos y accidentes. En cuanto al mobiliario, debe permitir la aproximación frontal a personas usuarias de silla de ruedas o en su defecto tener una segunda altura. Por último, debe haber un aseo accesible.

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